Horario de atención al público:
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07:00 a.m. hasta 03:00 p.m.
Días de valoración de usuarios:
MARTES, MIÉRCOLES y JUEVES
08:00 a.m. hasta 12:00 p.m.
1 Año en Casanare
Ofrecemos un proceso de calificación equitativo y transparente para cada individuo que busca nuestra ayuda. Descargue el formato de solicitud. Para requerimientos, solicitudes, tramites, tutelas, derechos de petición y documentos anexos el correo es contactenos@jrci.org.
Descargar formatoValidaremos que toda la información necesaria, esté completa.
Se citará a reunión para la calificación. En caso que la información esté incompleta, se procede a devolución.
emision de dictamen y notificacion: El equipo inderdisciplinario emitira dicatamen y se notificara a las partes.
Si no esta de acuerdo con el dictamen tendra 10 dias habiles (De lunes a Viernes) para interponer recursos.
Nos basamos en principios de Imparcialidad, debido proceso, eficiencia, integralidad y transparencia.
ContactarGarantizar la calificación objetiva y justa de invalidez en el sistema de seguridad social, mediante un enfoque interdisciplinario y autónomo, asegurando la protección de los derechos de las partes interesadas. Actuamos con integridad y responsabilidad, comprometidos con la excelencia técnica y científica en cada dictamen pericial.
Ser reconocidos como líderes en la calificación de invalidez, destacándonos por nuestra excelencia técnica, científica y ética, promoviendo la confianza y el respeto en el sistema de seguridad social y fomentando un entorno inclusivo y justo para las partes interesadas.
Horario de atención al público:
LUNES A VIERNES
07:00 a.m. hasta 02:00 p.m.
Días de valoración de usuarios:
MARTES, MIÉRCOLES y JUEVES
08:00 a.m. hasta 12:00 p.m.
Ofrecemos un proceso de calificación equitativo y transparente para cada individuo que busca nuestra ayuda.
Artículos 2.2.1.5.25 y 2.2.5.1.53., Decreto 1072 de 2015. Tenga en cuenta la prueba que debe adjuntar en cada caso. Conocer más
Lista de requisitos para solicitar le calificación. Conocer más
Calificación en primera oportunidad (articulo 17 de la ley 1562 de 2012). Conocer más